El pasado 30 de octubre, se publicó en el Boletín Oficial del Congreso de los Diputados el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021 cuya remisión a las Cortes Generales fue aprobada por el Consejo de Ministros unos días antes.
El Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021 recoge el mayor gasto social de la historia de España (un 10% superior al de 2020) y tiene como objetivo combatir y paliar los efectos de la crisis provocada por el COVID-19, la reconstrucción social y económica de España y la transformación del modelo productivo, según indica la nota de prensa publicada por Moncloa.
Por tanto, estaríamos ante unos presupuestos expansivos que hacen necesario un incremento en la recaudación vía impuestos para cumplir con el principio de estabilidad presupuestaria perseguido por el Gobierno de España y exigido por Bruselas.
De entre las numerosas medidas de índole tributaria que contiene el Proyecto de PGE para el 2021 consideramos que las más relevantes serían las siguientes:
Impuesto sobre Sociedades
- Se reduce del 100% al 95% la exención sobre dividendos y plusvalías derivadas de la transmisión de participaciones de entidades residentes y no residentes regulada en el artículo 21 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, en concepto de gastos de gestión referidos a dichas participaciones. Esta modificación normativa supondrá una tributación efectiva del 1,25%.
Con esta reducción, el Gobierno de España retoma la limitación de la exención sobre dividendos y plusvalías que formó parte de los presupuestos de 2019 y que finalmente no vio la luz.
No obstante lo anterior, la exención alcanzará el 100% para el caso de dividendos recibidos por sociedades que teniendo una cifra de negocios inferior a 40 millones de euros y no formando parte de un grupo mercantil (artículo 42 del Código de Comercio) constituyan su primera filiar a partir del 1 de enero de 2021 pero solo durante los 3 primeros años a contar desde la constitución de la sociedad participada.
- En el régimen de consolidación fiscal, no se elimina la reducción de la exención del 5%, por lo que el 5% de los dividendos repartidos entre entidades que formen parte de un grupo fiscal también serán objeto de gravamen lo que provoca un efecto acumulativo en cascada.
Estas medidas tendrían efectos desde el próximo 1 de enero de 2021.
IRPF
- Se incrementa en 2 puntos para las rentas del trabajo superiores a 300.000 euros anuales lo que supondrá la introducción de un nuevo tramo en la escala general del Impuesto.
- Se incrementa en 3 puntos las rentas del capital y de ahorro a partir de los 200.000 euros (del 23% al 26%).
- Se limita a 2.000 euros las aportaciones máximas a los planes individuales de pensiones realizadas por un contribuyente que supondrían una reducción en su base imponible (actualmente el límite es de 8.000 euros).
Estas medidas tendrían efectos desde el próximo 1 de enero de 2021.
Impuesto sobre el Patrimonio
- Se elimina la previsión contenida en la Ley del Impuesto por la que se establecía la supresión del mismo. Por tanto, se contempla que tenga carácter indefinido, sin que sea necesario prorrogarlo cada año.
- Se incrementa un punto (del 2,5% al 3,5%) el gravamen del último tramo (a partir de 10.695.996,06 euros).
Estas medidas tendrían efecto desde la entrada en vigor de la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
IVA
- Se incrementa el tipo de gravamen del 10% al 21% a las ventas de bebidas azucaradas y edulcoradas, excepto si su consumo se produce en un establecimiento hostelero.
Estas medidas tendrían efecto desde la entrada en vigor de la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
No debemos olvidar que lo propuesto en el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, según fuentes de Moncloa, tendría carácter puntual y serviría como anticipo de una profunda reforma fiscal que pretende acometer el Gobierno cuando la crisis sanitaria se haya superado y se vaya recuperando la estabilidad económica.
Las medidas comentadas, tal y como hemos indicado, estarían contenidas en el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, por tanto, habrá que conocer las modificaciones que se pudieran aprobar, en su caso, durante la tramitación parlamentaria.
Desde gestiona-t os mantendremos al tanto de cualquier novedad que se pudiera producir en el ámbito tributario.