El pasado día 25 de octubre el INE, a través de la Encuesta de Población Activa (EPA), situaba la tasa de desempleo por debajo del 15%, concretamente en un 14,55%. El nivel de desempleo superior al 15% es un requisito para la aplicación de varias medidas extraordinarias con el objetivo de fomentar el empleo. Por tanto, la nueva tasa de desempleo afectaría a varios contratos e incentivos en la siguiente medida:
- Contratos que sufrirían alguna variación:
- Contrato para la formación y el aprendizaje: según se recoge en la Disposición Transitoria Segunda del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, (en adelante ET) el límite máximo de edad se fija en 30 años hasta que la tasa de desempleo esté por debajo del 15%. Con esta nueva tasa de desempleo, estos contratos se podrían formalizar con jóvenes de hasta 24 años. No obstante, cualquier cambio afectaría a los contratos iniciales, no a las prórrogas de éstos.
- Contratos, y bonificaciones que desaparecerían: La Disposición Transitoria Primera de la Ley 11/2013, de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, prevé que las bonificaciones e incentivos recogidos en los artículos 9 a 13 desaparecerían si la tasa de desempleo se fijara por debajo del 15%. Estas bonificaciones e incentivos serían los siguientes:
- Contrato indefinido de apoyo a los emprendedores: estos contratos no podrían celebrarse según lo establecido en la Disposición Transitoria Novena de la Ley 3/2012, de 6 de julio, suprimiendo por tanto el periodo de prueba de un año, así como los incentivos en materia laboral y fiscal.
- Contrato a tiempo parcial con vinculación formativa: no podría aplicarse la reducción de las contingencias comunes de la cuota empresarial (art. 9).
- Contratación indefinida de jóvenes por microempresas y empresarios autónomos: los beneficios en materia de Seguridad Social no podrían aplicarse (art.10).
- Incentivos a la contratación en nuevos proyectos de emprendimiento joven: estos incentivos creados desaparecerían también (art. 11).
- Primer empleo joven: la bonificación creada para fomentar la primera experiencia profesional de los jóvenes no podría aplicarse (art. 12).
- Incentivos a los contratos en prácticas: se eliminaría la actual reducción del 50% cuando se celebrasen estos contratos con menores de 30 años.
A día de hoy no existe ningún pronunciamiento oficial por parte de ningún organismo público, por lo que no se tiene certeza de la fecha fin de las bonificaciones vigentes. A este respecto, en la normativa no se concreta el límite de éstas, si no que únicamente establece que por debajo del 15% de desempleo estas medidas se dejarían de aplicar, sin concretar un régimen transitorio.